1. 911 Emergencias.
2. Centros de Atención y prevención Integral a la violencia:
3. Instituto Aguascalentense de las Mujeres
4. Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes
5. Refugios Fundación Mujer Contemporánea A.C.
Después de ese horario y sábados y domingos hay una guardia en el centro que se comunica con quien pueda atender en caso de emergencia.
1.- Desde este momento y hasta el 4 de mayo prevalecen las medidas dictadas en el acuerdo 05/PLENOS/2020 del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
2.-A partir del 5 de mayo por determinación del Pleno se declaran inhábiles los días comprendidos del 5 al 15 de mayo de 2020 quedando suspendida toda actividad jurisdiccional, así como los términos y plazos procesales con las excepciones establecidas en las circulares previamente expedidas.
Se habilita la Oficialía de Partes para que a partir del 5 de mayo y por todo el tiempo que permanezca vigente la suspensión de plazos y términos reciba demandas y promociones en todas las materias, las que independientemente de su fecha de presentación surtirán sus efectos legales y se tendrán formalmente por recibidas hasta la fecha que se reanuden las actividades ordinarias de esta institución. La recepción de demandas y promociones se hará de conformidad con los lineamientos que al efecto y de manera posterior se expidan para evitar la congregación de personas.
En materia penal existirán guardias presenciales para la atención de asuntos urgentes y en la materia familiar, los Juzgados Mixtos de primera instancia de todos los partidos judiciales y el Juzgado Quinto Familiar tendrán guardia virtual, exclusivamente para la emisión de órdenes de protección, autorizando en ambas materias el desahogo de las audiencias que resulten necesarias vía remota.
En materia penal, adicionalmente a lo precisado en las circulares anteriores se autoriza la atención de los siguientes asuntos:
I. Oralidad penal:
A. Procedimientos abreviados en los que el imputado se encuentra en prisión preventiva y que a consideración del juez exista la posibilidad de conceder libertad por sustitutivo o beneficios.
B. Acuerdo reparatorio que conlleva la libertad de una persona interna.
C. Suspensiones condicionales del proceso que conlleva la libertad de una persona interna.
D. Solicitudes de sobreseimiento que tengan como consecuencia la libertad del imputado.
E. Juicio oral en donde el imputado esté próximo a cumplir dos años en prisión preventiva.
F. Determinaciones sobre extradición.
G. Otras audiencias que se puedan considerar por el juzgado como urgentes.
II. Ejecución:
A. Asuntos sin controversia que puedan derivar en la libertad del interno.
B. Los relativos a la atención médica (hospitalización), actos de segregación y tortura o que impliquen peligro la vida o la integridad de las personas.
C. Otras audiencias que se puedan considerar por el juzgador como urgentes.
III. Adolescentes:
A. Juicio oral donde el imputado esté próximo a cumplir 5 meses en prisión preventiva.
B. Otras audiencias que se puedan considerar por el juzgado como urgentes.
C. El Supremo Tribunal de Justicia seguirá monitoreando las determinaciones de las autoridades sanitarias para sesionar y emitir las medidas que resulten necesarias para el reinicio de labores ordinarias de la institución previsto para el 18 de mayo del 2020 .