1. 911 Emergencias
2. Instituto Estatal de las Mujeres
Ofrece atención psicológica para mujeres, niñas, niños y adolescentes en situación de violencia, asesoría jurídica y de trabajo social. Colaboran con algunos refugios para atender a mujeres víctimas de violencia, pero el acceso a los mismos es a través del Instituto, que las canaliza de acuerdo con la atención que requieren.
Los juzgados mantienen guardia, su domicilio puede consultarse en: http://pjdgo.gob.mx/contenido/varios/Directorio_Telefonico.pdf
Sede del Poder Judicial:
El Poder Judicial de del estado de Durango amplió la suspensión de términos procesales al 15 de julio de 2020. Se exceptúan de dicha suspensión, los casos que impliquen atención a resoluciones de libertad personal, despacho de órdenes de protección, y pago inmediato de alimentos en materia familiar.
Durante el tiempo que permanezca vigente dicha suspensión de plazos y términos procesales, se habilita a la Oficialía de Partes del Poder Judicial del Estado, para que reciba demandas y promociones en todas las materias, en la inteligencia de que independientemente de su fecha de presentación, tales documentos surtirán sus efectos legales y por lo tanto se tendrán formalmente por recibidas hasta la fecha en que reanude sus actividades ordinarias esa institución y se levante la suspensión de plazos y términos procesales, con el objeto de que las demandas y escritos que se presenten sean turnadas al órgano jurisdiccional que corresponda, para que se analicen y elaboren los acuerdos correspondientes en aras de evitar una saturación de los juzgados y las áreas administrativas cuando se reanuden de manera ordinaria las labores en el Poder Judicial.
El horario laboral presencial en los órganos jurisdiccionales en materia familiar que se encuentren en guardia será de 9:00 am a 3:00 pm.
Se considerará que tienen el carácter de urgente, las demandas y promociones que se planten con motivo de:
1.- Demandas de juicios de alimentos, en atención al interés superior de niñas, niños y adolescentes.
2- Consignación pensiones alimenticias y entrega.
3.- Depósito de personas como acto prejudicial
4.- Medidas provisionales y cautelares en caso de violencia familiar.
5.- Procedimientos de adopción.
6.- Todos aquellos casos que a consideración del juzgador afecten o representen un riesgo en la salud, integridad y bienestar de infantes, personas o familia. Se destaca que dicho catálogo es de carácter enunciativo mas no limitativo, ya que la propia naturaleza de la materia privilegia la apreciación de la o el juzgador que efectúe de cada caso en particular.
Igualmente, se aprueba la adopción de medidas extraordinarias en materia de convivencia familiar, esto es, cuando se estime pertinente, las convivencias podrán ser a través de medios electrónicos, como video llamadas, llamadas telefónicas, correos electrónicos y toda herramienta tecnológica que permita la comunicación efectiva entre el infante con su padre o madre, con el propósito de salvaguardar el derecho de las niñas, niños y adolescentes a convivir con el padre o madre no custodio,; para lo cual el Centro de Convivencia Familiar (CECOFAM), a indicación del Juez será el responsable de dar puntual seguimiento a tales indicaciones.
Por otro lado, se informa que está en pleno funcionamiento un sistema de protección para mujeres y niñez víctimas de violencia de género (se han habilitado guardias de atención permanente), integrado principalmente por:
a) Un Centro Integral de Justicia para Mujeres
b) Una Fiscalía que cuenta con agentes del Ministerio Público con formación especializada en atender casos de violencia doméstica ejercida en contra de mujeres y personas menores de edad, tanto en la etapa de niñez como en la adolescencia.
c) Un Centro Integral de Protección para Niñas, Niños y Adolescentes, que tiene una coordinación para su funcionamiento.
d) Una Procuraduría de Atención para Niñas, Niños y Adolescentes.
A continuación, se muestra información relevante respecto de cada instancia:
a) Centro de Justicia de las Mujeres
Ofrece atención psicológica, jurídica y médica; albergues temporales; ludoteca con expertas/os en temas de desarrollo infantil, y talleres de empoderamiento social y económico para apoyar a las mujeres a salir del círculo de violencia.
El procedimiento de atención en el centro es el siguiente:
b) Fiscalía especializada en investigación de delitos cometidos con violencia de género
Recibe denuncias por vía telefónica, virtual o presencial, formuladas, ya sea por la mujer víctima directa, familiares o personas interesadas en denunciar.
La fiscalía proporciona atención permanente las 24 horas diarias en casos de violencia contra las mujeres y casos de violencia doméstica y/o sexual ejercida en contra de niños, niñas y adolescentes, y recibe denuncias, en los siguientes teléfonos: 618 164 1867 y 618 155 1898
Las denuncias virtuales se reciben en la página electrónica de la fiscalía y desde plataformas IOS y Android, en la página oficial de la Fiscalía, la cual puede ser consultada en el siguiente enlace: http://fiscalia.durango.gob.mx/tramites/
Las denuncias presenciales se realizan en las instalaciones del propio Centro de Justicia para Mujeres.
c) Centro de Justicia para Niñas, Niños y Adolescentes
Funciona en paralelo, autónoma o conjuntamente con el Centro de Justicia para Mujeres, está a cargo de la Mtra. Verónica Inés Ruacho Estrada.
El centro recibe denuncias de casos de violencia doméstica en contra de niños, niñas y adolescentes, solicitudes de órdenes de protección o de medidas cautelares en favor de dicho grupo, las 24 horas del día, en el teléfono 618 153 6704.
El Centro trabaja en coordinación con el Sistema DIF según lo establece la Ley General de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, y cuenta con un juzgado especializado en materia penal que funciona las 24 horas del día y atiende las solicitudes de órdenes de protección o carpetas de investigación por delitos cometidos en contra de personas en edad minoritaria, por haberse ejercido violencia doméstica y/o sexual en su contra.
El Centro también da atención a casos de abandono o de falta de persona adulta encargada de la custodia y/o patria potestad, sobre todo en casos de emergencia, como las derivadas de esta contingencia sanitaria (Covid-19).
d) Procuraduría de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes
Recibe informes, reportes o denuncias en la materia de violencia doméstica y/sexual contra menores de edad, en el teléfono 911, haciendo un enlace inmediato para iniciar las acciones correspondientes para lograr la protección de menores de edad víctimas de violencia doméstica y/o sexual. Adicionalmente, se proporciona el teléfono de la Lic. Claudia Angélica Tynan López, Procuradora de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes: 618 1379 297 y del Lic. Juan Carlos Cardoza Sánchez, Subprocurador de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes: 618 137 9298.
La Procuraduría también recibe denuncias vía presencial o virtual. Cuando es virtual, se citará a la persona denunciante para que acuda a ratificar la denuncia y se inicie la ruta crítica del procedimiento de protección, incluida la correspondiente atención médica y psicológica.
Las autoridades escolares y/o familiares del niño, niña o adolescente pueden presentar denuncias conducentes si tienen conocimiento de violencia doméstica/sexual en contra de la niña, niño o adolescente.