Nuevo León

Teléfonos de emergencia y servicios de atención urgente

1.- 911 Emergencias

  • Tipo de ayuda: Canaliza las llamadas a los servicios de emergencia (policía, ambulancias, atención psicológica, etc.)
  • Horario de atención: 24 hrs., los 365 días del año.

2.- Instituto Estatal de las Mujeres

  • Tipo de ayuda: Apoyo psicológico y asesoría jurídica a mujeres que sufren violencia. En casos emergentes (órdenes de protección, alimentos) también se realiza la canalización a los centros de atención más cercanos a la usuaria.
  • Teléfonos: 811 300 5391, 811 300 4875, 811 300 5006, 811 783 8350 y 811 784 5253
  • Horario: 24 hrs., los 365 días del año.

Las oficinas del Instituto permanecerán cerradas por contingencia, si se requiriera la atención presencial, ésta se agendará previa atención por vía telefónica.

Centros de Justicia para las Mujeres

NO TIENE CENTROS DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES

Algunas instancias que prestan servicios de orientación y asesoría legal y psicológica son las siguientes:

Puerta violeta

  • Tipo de ayuda: Atención psicológica y orientación legal a mujeres víctimas de violencia
  • Dirección: Calle Francisco Villa 133, 1er. Piso, Colonia Jesús M. Garza, San Pedro Garza García, Nuevo León, C. P. 76238
  • Teléfono: 818 242 5022
  • Horarios: De lunes a viernes, de 08:00 a 18:00 hrs. Sábados y domingos, de 07:00 a 19:00 hrs.

Centro de Orientación y Denuncia de la Fiscalía General de Justicia de Nuevo León

  • Teléfono: 812 020 4000.
  • Atención en línea: De lunes a viernes, las 24 horas del día, en: https://fiscalianl.gob.mx/, apartado "video denuncia" (se requiere computadora con acceso a Internet y micrófono).

Centro de Justicia Familiar (COPAVIDE) Monterrey

  • Tipo de ayuda: Asistencia psicológica a víctimas de delitos
  • Dirección: Calle Hidalgo No. 264, entre Cuauhtémoc y Garibaldi, Colonia Centro, Monterrey, Nuevo León
  • Teléfono: 812 020 5970
  • Horario: De lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 horas

Marco normativo

  • Acuerdo General Conjunto 5/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León, relativo a las acciones preventivas ante la situación del coronavirus COVID-19. }El Acuerdo puede ser consultado en el siguiente enlace: https://www.pjenl.gob.mx/PoderJudicial/TSJ/Pleno/Acuerdos/2020/Acuerdo05-II.pdf
  • Acuerdo General Conjunto 6/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León, por el que se modifican las acciones preventivas ante la situación del coronavirus COVID-19. El Acuerdo puede ser consultado en el siguiente enlace: https://www.pjenl.gob.mx/PoderJudicial/TSJ/Pleno/Acuerdos/2020/Acuerdo06-II.pdf
  • Acuerdo General conjunto 7/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León, relativo a la extensión del periodo de vigencia de las acciones preventivas de este Poder Judicial ante la situación del coronavirus COVID-19, establecidas en los diversos 5/2020-II y 6/2020-II. El Acuerdo puede ser consultado en el siguiente enlace: http://www.pjenl.gob.mx/PoderJudicial/TSJ/Pleno/Acuerdos/2020/Acuerdo07-II.pdf
  • Acuerdo General conjunto 8/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León, relativo a las acciones extraordinarias, por causa de fuerza mayor para reanudar gradualmente las funciones y el servicio de impartición de justicia, a cargo del Poder Judicial. Disponible en: https://www.pjenl.gob.mx/PoderJudicial/TSJ/Pleno/Acuerdos/2020/Acuerdo08-II.pdf
  • Acuerdo General Conjunto 9/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León, por el que se modifica el diverso 8/2020-II, relativo a las acciones extraordinarias, por causa de fuerza mayor para reanudar gradualmente las funciones y el servicio de impartición de justicia, a cargo del Poder Judicial. Disponible en: https://www.pjenl.gob.mx/PoderJudicial/TSJ/Pleno/Acuerdos/2020/Acuerdo09-II.pdf
  • Acuerdo General Conjunto 10/2020-II, de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León, por el que se modifica los diversos 8/2020-II y 9/2020-II, relativo a las acciones extraordinarias, por causa de fuerza mayor para reanudar gradualmente las funciones y el servicio de impartición de justicia, a cargo del Poder Judicial. Disponible en: https://www.pjenl.gob.mx/PoderJudicial/TSJ/Pleno/Acuerdos/2020/Acuerdo10-II.pdf

Juzgados de guardia

Los juzgados de todas las materias mantendrán una guardia hasta el 31 de julio de 2020.

  • Dirección: Las direcciones de los juzgados pueden ser consultados en el siguiente enlace: https://www.pjenl.gob.mx/Directorio/default.aspx?n=3
  • Teléfonos del Tribunal Superior de Justicia: 812 020 6021, 812 020 6016, 812 020 6022 y 812 020 6040
  • Horario de atención: De 09:00 a 15:00 hrs.
  • Correo electrónico (para la atención de dudas o reportes respecto de las medidas adoptadas por dichos Acuerdos): sgacuerdosypleno@pjenl.gob.mx

Información adicional

Se amplía la vigencia de las acciones extraordinarias previstas en el Acuerdo 8/2020-II y Acuerdo 9/2020-II, hasta el 31 de julio de 2020. Dicho periodo podrá ser modificado o extendido nuevamente atendiendo las circunstancias y recomendaciones del sector salud.

Por la naturaleza de su servicio y la especial protección que deben tener los menores de edad frente al COVID-19, se mantiene suspendida la operación y funcionamiento del Centro Estatal de Convivencia Familiar durante el periodo de vigencia de estas acciones extraordinarias. No obstante, ante la suspensión de operaciones y funcionamiento de dicho Centro, los juzgadores deberán tomar las medidas cautelares, de carácter temporal, que estimen pertinentes para garantizar que se sigan llevando a cabo las convivencias, durante el periodo de vigencia de estas acciones extraordinarias, pudiendo explorar las alternativas más adecuadas, de acuerdo a su criterio y la posibilidad de las partes, como: el uso de llamadas telefónicas, videollamadas, videconferencias, redes sociales, etc.

Por Acuerdo 6/2020-II del 17 de marzo, tratándose de materia penal y familiar, se considerarán asuntos urgentes y/o inaplazables, los siguientes:

En materia penal:

  • El ejercicio de la acción penal con detenido;
  • Audiencias de control de detención o qué estén sujetas a términos constitucionales;
  • El ejercicio de acción penal sin detenido por delitos calificados como graves;
  • Solicitudes de orden de cateo y aprehensión;
  • Solicitudes de prueba anticipada o extracción de algún fluido corporal;
  • Órdenes de protección

En materia familiar:

  • Actos prejudiciales relativos a separación provisional de cónyuges, separación cautelar de personas y depósito de menores;
  • Medidas cautelares que importen riesgo hacia menores de edad e incapaces (sic), así como aquellas en protección de víctimas de violencia familiar;
  • Órdenes de protección;
  • Demandas de juicios de alimentos, así como la consignación y entrega de billetes de depósito que deriven en tales procesos (en trámite o por iniciar)

La información fue obtenida del siguiente enlace: https://www.pjenl.gob.mx

El Tribunal Superior de Justicia también brinda orientación sobre las instancias a las que las mujeres pueden acudir en caso de enfrentar violencia de género.